El Consell alegó que su centro no disponía de educador y el juzgado dictaminó que debía seguir escolarizado allí de manera cautelar.
01.11.11 - A. S. MOLLÁ | ALICANTE.
Una juez de lo contencioso-administrativo de Alicante ha
avisado a los responsables del colegio San Fernando de que pueden estar
incurriendo en responsabilidades penales por impedir que un menor acuda
al centro mientras se resuelve un recurso presentado por sus padres.
Ayer mismo, la magistrada dio un «plazo improrrogable» de tres días al
colegio para que aclarara si había cumplido estas medidas cautelares, y,
de lo contrario, instaba a que procediera a su «inmediato cumplimiento
bajo apercibimiento de imposición de multas coercitivas». Y todo ello
«sin perjuicio de las posibles responsabilidades penales en que, por
dicha desobediencia, los responsables del centro educativo pudieran
incurrir».
El pequeño que ha desatado esta batalla judicial tiene 10
años, vive en régimen de acogimiento permanente con una familia de
Alicante y padece síndrome de Asperger, una clase de autismo que
dificulta la relación social con otras personas, entre otros síntomas.
En junio, a raíz de un informe técnico, la Conselleria de Educación
decidió cambiarlo de colegio debido a que, por sus «necesidades
educativas especiales», precisaba la atención de un educador, un maestro
de educación especial y otro de audición.
Al no contar con esos «recursos personales», la
Conselleria de Educación resolvió que en septiembre el niño debería ser
trasladado al colegio Santo Domingo, también en Alicante, para iniciar
el nuevo curso allí.
Sus padres de acogida presentaron un recurso de alzada
contra esta decisión, al considerar que un cambio de centro escolar
podría ser perjudicial para el desarrollo de su hijo. Y es que, según
explica su padre, Rafael Aldavín, el pequeño ya cuenta con un grupo de
amigos en el San Fernando, que le conocen desde hace años y han
aprendido a convivir con los síntomas de su enfermedad.
Por este motivo, decidieron acudir a un juzgado de lo
contencioso-administrativo de Alicante, que acordó, como medida
cautelar, que el pequeño debería seguir escolarizado en su colegio
mientras se resolvía el procedimiento.
A finales de septiembre, la titular del juzgado de lo
contencioso número 4 de Alicante lo dejó bien claro en un auto: «De lo
que se trata es de evitar los perjuicios que para el menor, afecto del
síndrome de Asperger, pudieran derivar de un cambio repentino de
colegio, y que de facto se han puesto de manifiesto dadas sus especiales
dificultades de adaptación».
La juez consideró que «hasta que no se resuelva el fondo
del asunto, lo cierto y verdad es que las circunstancias aconsejan
mantener al menor en el centro escolar CP San Fernando, donde venía
cursando sus estudios, asignándole un educador especial y los recursos
que necesite», según su auto.
El 28 de septiembre, con el curso ya iniciado, la
Conselleria de Educación resolvió el recurso presentado por los padres
en junio y desestimó sus argumentos. La resolución señala que «al no
disponer el centro del recurso de educador, ni reunir las exigencias
para tenerlo, se procedió a escolarizarlo en un centro próximo a su
domicilio que dispusiese de ese recurso». Y añade que «según consta en
el informe, la directora del centro citó a los padres para comunicarles
la decisión, pero no fue posible ya que los padres no acudieron a la
reunión».
Los padres recurrieron esta nueva decisión de la
conselleria ante un juzgado de lo contencioso, pero, mientras no haya
sentencia, el niño debería seguir escolarizado en su colegio, según la
juez.
Y es que, según recalcó en su auto la magistrada, «el
interés más digno a proteger» es «la salud y el bienestar del menor y su
derecho fundamental a la educación».
A la hora de mantener estas medidas cautelares, el
juzgado no tuvo en cuenta las alegaciones de la conselleria, que
esgrimió «la falta de efectivos personales». De hecho, apuntó que «en el
nuevo centro al que pretende ser trasladado, el menor ni siquiera va a
poder contar con el apoyo de un educador, tal como precisa, debido a
que, superando la ratio de alumnos por educador, únicamente podría
atenderle de manera puntual».
Fuente: Las Provincias.
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