Fallo del TSJC.
BARCELONA, 31 May. (EUROPA PRESS) - El Tribunal Superior de Justicia de
Catalunya (TSJC) ha resuelto parcialmente en favor de cuatro familias
que solicitaban que el castellano sea lengua vehicular en la educación
de sus hijos, por lo que insta a la Generalitat a adoptar "cuantas
medidas sean precisas" para adaptar el sistema de enseñanza.
Según el fallo de la Sección Quinta de la Sala Contenciosa del TJSC, se
considera el castellano también como lengua vehicular de la educación en
Catalunya junto con el catalán, y establece el derecho de las cuatro
familias a recibir las comunicaciones, circulares y cualquier
documentación escolar también en castellano.
En su
argumentación, los magistrados defienden que el derecho fundamental a la
educación garantiza ningún derecho de opción a recibir la enseñanza
exclusivamente en una sola de las lenguas oficiales, así como a la no
diferenciación de grupo por razón de lengua.
De este modo, ve
constitucionalmente legítimo que el catalán sea el "centro de gravedad"
del modelo de bilingüismo en atención a la normalización lingüística en
Catalunya, aunque ha criticado que otra cosa es que ocupe casi todo el
espacio, ya que en el curso académico al que se refieren las sentencias
todas las actividades con los alumnos, incluso el recreo, se realizaban
en castellano.
Con esto, el tribunal avisa de que ambas lenguas
son vehiculares y deben tener una presencia adecuada en los planes de
estudio.
Por ello, las sentencias aseguran que "compete a la
Generalitat determinar la proporción en la que han de ser empleadas
ambas lenguas oficiales", siempre en relación con las áreas de
conocimiento en los diferentes niveles educativos.
Además, las
cuatro sentencias anulan la resolución de la Generalitat del 11 de mayo
de 2009 de la dirección general de Educación Básica y Bachillerato, que
establece el catalán como lengua vehicular de la educación Infantil.
Estas cuatro familias actúan en representación de alumnos del
concertado Sagrado Corazón-HH Corazonistas de Barcelona y de los centros
públicos Joaquim Abril de Sant Fost de Campcentellles de Barcelona, Els
Porxos de Barcelona y Cèsar August de Tarragona.
Estas
sentencias no son firmes, de forma que las partes pueden interponer un
recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) antes de diez días.
Estas sentencias se suman a las que en marzo ya dictó el TSJC en las
que, pese a salvar el modelo de inmersión lingüística, obligaba a la
Generalitat a ofrecer atención lingüística individualizada a tres
familias demandantes, aunque solamente el hijo de una de éstas continúa
en el sistema educativo.
La Generalitat se comprometió entonces
a revisar la atención lingüística que recibe este alumno de tercero de
Secundaria.Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha resuelto
parcialmente en favor de cuatro familias que solicitaban que el
castellano sea lengua vehicular en la educación de sus hijos, por lo que
insta a la Generalitat a adoptar "cuantas medidas sean precisas" para
adaptar el sistema de enseñanza.
Según el fallo de la Sección Quinta de la Sala Contenciosa del
TJSC, se considera el castellano también como lengua vehicular de la
educación en Cataluña junto con el catalán, y establece el derecho de
las cuatro familias a recibir las comunicaciones, circulares y cualquier
documentación escolar también en castellano.
Esta sentencia no es firme, de forma que las partes pueden
interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) antes de
diez días.
Fuente: Europa Press.
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