Por Juan Manuel de Prada.
La propuesta del ministro Wert sobre la
asignatura llamada “Educación para la Ciudadanía” no ha dejado contento a
nadie lo que vuelve a confirmarnos que el problema no se halla en la
configuración de la asignatura, sino en su existencia misma, contraria
al sentido mismo de la educación, que no es otro sino la transmisión de
saber.
En el preámbulo del decreto Wert leemos, por
ejemplo, que “corresponde a los profesores, en el ejercicio de su
libertad docente, precisar los valores (...) que juzguen más
convenientes para cada caso, teniendo siempre presente el derecho
fundamental de libertad de conciencia individual que nuestra normativa
reconoce”. ¿De veras que “precisar los valores que juzguen más
convenientes para cada caso” es tarea del profesor, en el ejercicio de
su libertad docente? ¿De veras la “libertad de conciencia individual”
puede ser impedimento en la transmisión de saber? Ambas afirmaciones me
parecen contrarias al sentido mismo de la educación.
Ignoro si los rudimentos básicos de la filosofía de Nietzsche se incluye en nuestros planes de estudio, cada vez más menesterosos y desustanciados; pero, para el ejemplo que me propongo desplegar, pongamos que lo están. Imaginemos a un profesor de filosofía cuyos “valores” sean contrarios a los que se desprenden de la filosofía de Nietzsche. ¿Puede esgrimir su libertad docente para saltarse la lección? Yo creo que no.
Tampoco creo que sus alumnos puedan oponer su “libertad de conciencia individual” para impedir que el profesor explique la filosofía de Nietzsche. Pues sobre el profesor pesa la obligación de transmitir un conocimiento, independientemente de los “valores que juzgue convenientes para cada caso”; y sobre sus alumnos la de recibir esa transmisión. Será luego la “libertad de juicio” la que permita a esos alumnos considerar si la filosofía de Nietzsche se adapta a lo que les dicta la conciencia; pero la conciencia no puede ser impedimento para la transmisión de saber.
Los “valores” y la “conciencia” entran en juego cuando lo que se transmite no es saber, sino otra cosa más brumosa y discrecional. De esto versa, precisamente, Educación para la Ciudadanía, asignatura en la que no sólo se transmite el “conocimiento de las normas y principios de convivencia establecidos por la Constitución, una información sobre los servicios públicos y bienes comunes, así como las obligaciones de las administraciones públicas y de los ciudadanos en su mantenimiento”, sino a través de la cual se pretende, por ejemplo, “educar en salud integral, conocer las habilidades y valores necesarios para actuar positivamente respecto a la salud”.
¿Qué significa esto? ¿Significa que en clase de Educación para la Ciudadanía se va a enseñar cómo se debe combatir un catarro? ¿Significa que se van a promover “talleres sexuales” en los que se explique cómo se evita un embarazo, o llegado el caso cómo se “interrumpe voluntariamente”? La formulación legal es suficientemente ambigua como para que ambos asuntos sean tratados discrecionalmente, pero lo cierto es que ninguno de los dos tiene nada que ver con la transmisión del saber.
En otro pasaje del decreto de Wert leemos que uno de los propósitos de la asignatura llamada Educación para la Ciudadanía será “reconocer y rechazar situaciones de discriminación, marginación e injusticia, e identificar los factores sociales, económicos, de origen, de género o de cualquier otro tipo que las provocan”.
¿No debería ser la “libertad de juicio” de cada alumno la que reconozca y rechace tales situaciones? Lo que el decreto postula es propiciar juicios morales sobre tales situaciones, introduciendo en la valoración una serie de “factores” que, inevitablemente, serán distintos según la legítima –y discutible– opción ideológica del profesor. ¿Debe ser la escuela el ámbito donde se propaguen opciones ideológicas tan legítimas como discutibles? Parece evidente que no.
El problema, en efecto, no se halla en la configuración de la asignatura, sino en su existencia misma, contraria al sentido mismo de la educación, que no es otro sino la transmisión de saber.
Ignoro si los rudimentos básicos de la filosofía de Nietzsche se incluye en nuestros planes de estudio, cada vez más menesterosos y desustanciados; pero, para el ejemplo que me propongo desplegar, pongamos que lo están. Imaginemos a un profesor de filosofía cuyos “valores” sean contrarios a los que se desprenden de la filosofía de Nietzsche. ¿Puede esgrimir su libertad docente para saltarse la lección? Yo creo que no.
Tampoco creo que sus alumnos puedan oponer su “libertad de conciencia individual” para impedir que el profesor explique la filosofía de Nietzsche. Pues sobre el profesor pesa la obligación de transmitir un conocimiento, independientemente de los “valores que juzgue convenientes para cada caso”; y sobre sus alumnos la de recibir esa transmisión. Será luego la “libertad de juicio” la que permita a esos alumnos considerar si la filosofía de Nietzsche se adapta a lo que les dicta la conciencia; pero la conciencia no puede ser impedimento para la transmisión de saber.
Los “valores” y la “conciencia” entran en juego cuando lo que se transmite no es saber, sino otra cosa más brumosa y discrecional. De esto versa, precisamente, Educación para la Ciudadanía, asignatura en la que no sólo se transmite el “conocimiento de las normas y principios de convivencia establecidos por la Constitución, una información sobre los servicios públicos y bienes comunes, así como las obligaciones de las administraciones públicas y de los ciudadanos en su mantenimiento”, sino a través de la cual se pretende, por ejemplo, “educar en salud integral, conocer las habilidades y valores necesarios para actuar positivamente respecto a la salud”.
¿Qué significa esto? ¿Significa que en clase de Educación para la Ciudadanía se va a enseñar cómo se debe combatir un catarro? ¿Significa que se van a promover “talleres sexuales” en los que se explique cómo se evita un embarazo, o llegado el caso cómo se “interrumpe voluntariamente”? La formulación legal es suficientemente ambigua como para que ambos asuntos sean tratados discrecionalmente, pero lo cierto es que ninguno de los dos tiene nada que ver con la transmisión del saber.
En otro pasaje del decreto de Wert leemos que uno de los propósitos de la asignatura llamada Educación para la Ciudadanía será “reconocer y rechazar situaciones de discriminación, marginación e injusticia, e identificar los factores sociales, económicos, de origen, de género o de cualquier otro tipo que las provocan”.
¿No debería ser la “libertad de juicio” de cada alumno la que reconozca y rechace tales situaciones? Lo que el decreto postula es propiciar juicios morales sobre tales situaciones, introduciendo en la valoración una serie de “factores” que, inevitablemente, serán distintos según la legítima –y discutible– opción ideológica del profesor. ¿Debe ser la escuela el ámbito donde se propaguen opciones ideológicas tan legítimas como discutibles? Parece evidente que no.
El problema, en efecto, no se halla en la configuración de la asignatura, sino en su existencia misma, contraria al sentido mismo de la educación, que no es otro sino la transmisión de saber.
Fuente: Padres y Colegios.
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