La Comisión Permanente del Consejo Escolar regional emitió ayer un dictamen favorable a la Orden que regulará el procedimiento para ello.
REDACCIÓN HO.- La Consejería de Educación de la C. Valenciana emitirá próximamente una Orden que determinará que, sin la previa autorización paterna, los alumnos de centros docentes sostenidos con fondos públicos no podrán participar en programas de intervención ni cumplimentar cuestionarios relativos a programas de investigación.
Con anterioridad a la consulta que tendrá que hacerse a cada familia sobre la asistencia de sus hijos a esas actividades, el proyecto deberá haber sido autorizado por la propia Administración educativa y por el Consejo Escolar de cada colegio o instituto.
La futura norma será de aplicación, por ejemplo, al Programa de Intervención en Educación Sexual (más conocido como PIES) y fue informada favorablemente ayer por la Comisión Permanente del Consejo Escolar de la C. Valenciana, por una amplia mayoría (18 votos a favor y solo 6 en contra).
Con esta Orden, al contenido de cuyo proyecto ha tenido acceso Noticias HO, la Administración educativa valenciana da cumplimiento al mandato constitucional que “encomienda a los poderes públicos la misión de garantizar el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”. También a lo dispuesto por la Ley de Protección Jurídica del Menor, que en su artículo 5.2 indica que “los padres o tutores y los poderes públicos velarán porque la información que reciban los menores sea veraz, plural y respetuosa con los principios constitucionales”. Y finalmente, a la Ley de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la C. Valenciana que, en su artículo 14, establece que “la Generalitat adoptará las medidas pertinentes para garantizar que los adolescentes reciban una educación integral en materia afectiva y sexual que sea rigurosa, comprensible, accesible y de calidad”.
El Departamento del que es titular Alejandro Font de Mora, tras constatar que los centros docentes reciben cada curso académico solicitudes para la participación de su alumnado en muy diversos programas de intervención, así como en la cumplimentación de cuestionarios estadísticos para proyectos de investigación, "todos ellos ajenos al centro", ha considerado necesario adoptar medidas para garantizar que esas actividades y sus contenidos son acordes con lo dispuesto en la normativa vigente. Por ello, ha decidido fijar el procedimiento para la autorización de la participación en ellas del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos.
Autorización de la Administración, con el visto bueno del Consejo Escolar del centro
Los artículos 2, 3, 4 y 5 del proyecto de Orden detallan cómo solicitar y, en su caso, obtener la autorización administrativa para aplicar en un colegio o instituto un programa de intervención o un cuestionario para un proyecto de investigación.
La solicitud para que los estudiantes matriculados en un determinado centro educativo puedan participar en esa clase de actividades será presentada ante la Dirección Territorial correspondiente por el responsable de su desarrollo. En ella se detallarán, entre otras cuestiones, los objetivos, los contenidos y el ámbito de estudio; también un modelo de programa de intervención (sesiones, actividades, materiales...) o del cuestionario que se aplicará al alumnado y los niveles educativos en los que se pretende llevar a cabo.
La petición será remitida a la Secretaría Autonómica de Educación, que informará sobre la procedencia de la participación de los estudiantes. Cuando lo haga de forma desfavorable, la Dirección Territorial procederá a denegar la solicitud. Si, por el contrario, el informe es favorable, se dará traslado del expediente completo del programa de intervención o del cuestionario estadístico al Consejo Escolar del centro. Si este, como máximo órgano de gobierno del colegio o instituto, informa favorablemente sobre la procedencia del programa o cuestionario, la Administración dictará la resolución mediante la que quedará aprobada su aplicación.
Autorización paterna
En virtud de los dispuesto por el artículo 6, ningún alumno menor de edad podrá participar en programas de intervención ni cumplimentar cuestionarios para proyectos de investigación sin el consentimiento escrito de su padre, de su madre o de su representante legal. Las autorizaciones “serán remitidas al centro y custodiadas en él, ello con carácter previo al inicio” de las actividades.
Por otra parte, los padres también “podrán solicitar toda la documentación que ha aportado el director del proyecto al centro”.
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Fuente: HazteOir.org.
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