lunes, 10 de enero de 2011

El TC tendrá que dirimir definitivamente la cuestión sobre Educación para la Ciudadanía

Muchas familias siguen esperando el pronunciamiento del Tribunal Constitucional, tras la admisión a trámite de los primeros recursos de Castilla y León.
 
Madrid, 9 de enero de 2011. En los últimos días diversos medios de comunicación se hacen eco de nuevos pronunciamientos del Tribunal Supremo, denegando la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía. Estas sentencias no suponen ninguna novedad, puesto que el Alto Tribunal no hace sino remitirse a lo ya dicho por él en sus sentencias de 11 febrero 2009, pero sigue sin entrar en el fondo de la cuestión que se ha sometido a su juicio.
 
Para Marisa Pérez Toribio, presidenta de España Educa en Libertad, “el que el Tribunal Supremo siga emanando sentencias sobre el tema, es signo de que el conflicto educativo, social y jurídico creado por la materia Educación para la Ciudadanía no ha quedado aún zanjado, sino que, por su enorme trascendencia, sigue vivo y despertando el mismo interés en la sociedad. Muchas familias siguen oponiéndose a que sus hijos sean adoctrinados en una particular concepción del hombre, de la moral y de la sexualidad, y siguen defendiendo sus derechos en un Estado social y democrático de Derecho, que defiende el pluralismo como uno de los valores superiores del ordenamiento jurídico”.
 
En opinión manifestada a la Federación España Educa en Libertad, por la Catedrática de la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca, Lourdes Ruano Espina, “El Tribunal Constitucional tendrá que aclarar si la obligada neutralidad de los poderes públicos, implícita en el texto constitucional, impide a éstos imponer una determinada concepción del hombre y de la moral (tanto religiosa como irreligiosa, agnóstica o atea), a través del sistema educativo, en contra de las convicciones en que muchos padres quieren educar a sus hijos, y tendrá que esclarecer los criterios de interpretación y correcta aplicación del texto constitucional, cuando reconoce el derecho a la libertad ideológica y religiosa, la aconfesionalidad del Estado, y la obligación de los poderes públicos de tener en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y de garantizar el derecho de los padres a que sus hijos sean educados conforme a sus convicciones, pues conviene recordar que los Tribunales Superiores de Justicia se han pronunciado ya en numerosos casos, y lo han hecho de forma muy distinta, pues mientras que en las comunidades Autónomas de Andalucía, La Rioja, Castilla y León, el TSJ ha dado la razón a cientos de padres objetores, en otras, como en Asturias, Cataluña, Navarra, Islas Baleares o Madrid, el TSJ ha desestimado su pretensión”.
 
Como es sabido, varias de las familias pertenecientes a algunas de las asociaciones de España Educa en Libertad han interpuesto recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que ha sido admitido a trámite. Desde esta Federación nacional miles de familias esperan el pronunciamiento de dicho Tribunal y confían en que éste sabrá amparar sus derechos fundamentales.
 

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