viernes, 28 de enero de 2011

Una sentencia confirma el trato discriminatorio a una alumna objetora a Educación para la Ciudadanía

Madrid, 27 de enero de 2011. España Educa en Libertad celebra la sentencia del juzgado número 3 de Madrid, que anula la resolución del Director de Área Territorial de Madrid Capital de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, por la que se ratificaba el suspenso a una alumna objetora de 2ª de ESO en el curso 2008-2009, que había decidido presentarse al examen final en el que obtuvo una calificación de 6,9.
 
El magistrado-juez  reconoce que a la alumna se le había aplicado de manera arbitraria un criterio de evaluación “que no concuerda exactamente con los criterios de calificación aprobados por el Claustro de Profesores”, según consta en la sentencia.
 
“Desgraciadamente, no se trata de un caso aislado, aunque éste haya sido especialmente grave y haya tenido que llegar a los tribunales. Desde la implantación de Educación para la Ciudadanía, los alumnos objetores, en muchos casos,  han venido sufriendo todo tipo de presiones, amenazas y han sido discriminados, en muchas ocasiones,  por mantener sus convicciones. A día de hoy, sigue siendo así” explica Marisa Pérez Toribio.
 
Celebramos que la justicia haya resuelto favorablemente esta situación claramente discriminatoria. Lo lamentable es que, una vez más, los padres hayan tenido que acudir a los tribunales en defensa de sus derechos, al no haber encontrado amparo en las instituciones educativas (como sí ha ocurrido en otro casos) ante una arbitrariedad del centro.  La Consejería de educación, en este caso la Dirección Territorial correspondiente,  debería haber hecho que el instituto aplicara la normativa correspondiente y que la alumna objetora, tras tomar la decisión de presentarse al examen de junio, fuera evaluada  con los mismos criterios que cualquier otro alumno.

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