Por Teresa García-Noblejas.
Ha dicho Leire Pajín que el Consejo de Estado ha avalado el Anteproyecto de Ley de igualdad de Trato y No Discriminación. Concretamente, ha asegurado la ministra de Sanidad, el Consejo de Estado considera que la futura ley no contraviene el artículo 27.3 de la Constitución Española, que garantiza a los padres el poder educar a sus hijos según sus convicciones religiosas y morales.
Efectivamente, la ministra tiene razón pero ha explicado el dictamen del Consejo de Estado a su favor. Entonces, ¿qué es lo que dice el Consejo de Estado sobre la financiación de la educación diferenciada con fondos públicos? Pásmense. Lo que asegura con toda rotundidad el Consejo de Estado es que la educación diferenciada no es discriminatoria, como lo demuestra la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza, además de la Directiva 2004/113 CE y lo aplican numerosos países europeos (cita hasta seis).
Y lo que efectivamente afirma el dictamen es que la educación diferenciada no es una cuestión que afecte a las convicciones religiosas y morales a las que se refiere el artículo 27. 3 de la Constitución sino que se trata de un modelo pedagógico que en sí mismo no tiene que ver con las creencias de las personas. Lo que también aclara el Consejo de Estado es que privar de financiación pública a los colegios de educación diferenciada implica modificar el régimen de conciertos previsto en la Ley Orgánica de Educación (LOE).
¿Han visto cómo se interpreta y difunde un dictamen con la seguridad de que nadie lo va a leer?
Fuente: Profesionales por la Ética.
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