El Congreso aprobó ayer la Ley de Seguridad Alimentaria, la primera normativa pensada para atajar la epidemia de obesidad infantil.
Queda por definir qué se entiende por alimentos de alto contenido en grasas
N. Ramírez de Castro / Madrid
Día 17/06/2011
Los recreos de coca-cola, patatas fritas y bollos serán historia a partir del próximo curso. Al menos, para los niños que llegaban con una moneda y tenían a su disposición todo lujo de bollería, chucherías y refrescos en las máquinas expendedoras y cantinas de los colegios. La Ley de Seguridad Alimentaria superó ayer en el Congreso su último trámite y con él llega la primera legislación que intentará poner coto a la epidemia de obesidad infantil. En la última década, España se ha situado a la cabeza de Europa en obesidad infantil. En adultos la situación tampoco es mejor, con unas cifras de sobrepeso superiores al 60%.
Con este escenario, el Ministerio de Sanidad planeó una normativa para promover el ejercicio físico, mejorar la dieta y proporcionara más garantías a la cadena alimentaria, desde la granja al plato. De toda la batería de medidas que incorpora la nueva ley la más polémica es la que prohíbe la venta de alimentos y bebidas insanas en los centros escolares. Nada impide que un niño lleve desde casa una galletas de chocolate o una bolsa de patatas fritas, pero no lo podrán comprar en el centro. Colegios e institutos deberán decir adiós a las máquinas expendedoras y a vender cualquier alimento con alto contenido calórico, grasas insanas, sal y azúcares. Los niveles permitidos que se suministren en las escuelas infantiles serán fijados por el Gobierno.
Con la ley, los menús también deberán ser más equilibrados y será obligatorio contar con menús para niños intolerantes al gluten, gracias a una enmienda procedente del Senado. La norma también afecta de lleno a la publicidad. Exige que todos los anuncios sean «veraces y exactos» y se prohíbe la aportación de testimonios de médicos o científicos, ya sean reales o ficticios para inducir a su consumo. De las paredes de los colegios desaparecerá también cualquier anuncio de refrescos o «snacks».
Durante el debate de las enmiendas aprobadas en la Cámara Alta, todos los grupos coincidieron en la necesidad de la norma, a diferencia de lo que ocurrió con la llamada ley de muerte digna. Hubo apoyo, pero no incondicional. Sobre todo desde las filas del Partido Popular. La diputada popular Belén Docampo lamentó que Sanidad hubiera sido «poco ambicioso» y tan «intervencionista». Su mayor crítica llegó por la prohibición de los centros escolares a vender ciertos alimentos y bebidas. Para Pajín, la ley insta a la sociedad a tener mejores pautas de comportamiento y a los centros educativos a cumplir con su papel educador y sensibilizador. «Es una de esas leyes que merece la pena aprobar»,aseguró.
Educar más que prohibir
Los expertos en Nutrición, consultados por ABC, creen que la ley es una noticia positiva si se entiende como un primer paso para ser más ambicioso. José María Ordovás, director del Laboratorio de Nutrición y Genética de la Universidad de Tufts, advierte que solo habrá buenos resultados «si todos los radios de esta compleja rueda de la obesidad funcionan al unísono». «De nada vale prohibir en el colegio, porque el niño lo buscará fuera de ella. La prohibición y la vigilancia no funcionarán si no se educa en las escuelas hábitos nutricionales adecuados». Recuerda que la prohibición se ha probado en otros países y la obesidad no ha caído.
La endocrino Susana Monereo insiste en el mismo mensaje: «Es un buen comienzo, pero no se debe prohibir sin dar alternativas. Falta un proyecto global para que funcione». Basilio Moreno, uno de los participantes en la estrategia NAOS de lucha contra la obesidad defiende una ley «muy necesaria» que mejorará durante su desarrollo.
A la Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB) tampoco le gusta la ley del Gobierno. Aunque se refuerza la seguridad alimentaria, los empresarios creen que se repetirán situaciones como las vividas con la crisis del pepino. El sector defendía que los operadores económicos tengan derecho a ser indemnizados por los gastos y daños ocasionados como consecuencia de actuaciones o comunicaciones indebidas, por parte incluso de las Administraciones Públicas, siempre que finalmente se demuestre la ausencia del riesgo indicado.
Fuente: ABC.
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