Se une a la resolución del Supremo.
VALENCIA, 29 Dic. (EUROPA PRESS) - La sección segunda de la sala de lo
contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la
Comunitat (TSJCV) ha dictado una sentencia en la que anula la orden de
la Conselleria de Educación de la Generalitat valenciana por la que se
regulaba la impartición en inglés de la asignatura Educación para la
Ciudadanía (EpC) y la posibilidad de aprobarla mediante un trabajo, la
denominada 'opción B'.
De este modo, el tribunal valenciano ha estimado el recurso
interpuesto contra dicha orden por el sindicato CCOO PV. Este nuevo
fallo –fechado el 20 de diciembre y que ha sido hecho público este
jueves por CCOO– se une a la que el pasado mes de noviembre dictó el
Tribunal Supremo (TS) confirmando la anulación de la norma del Gobierno
valenciano.
El conflicto se inició a raíz de la iniciativa del entonces
presidente de la Generalitat Francisco Camps y del exconseller de
Educación Alejandro Font de Mora de impartir la asignatura de EpC en
lengua inglesa y permitir, además, aprobarla a través de un trabajo (lo
que se denominó 'opción B' y que distintas organizaciones consideraron
una puerta abierta a la objeción).
En esta última sentencia, el TSJCV reconoce "legitimado al
sindicato CCOO para accionar en cualquier proceso en que esté en juego
intereses colectivos de los trabajadores", ya que la orden afectaba a
condiciones laborales y profesionales y suponía "una afectación a los
intereses profesionales de los profesores", destaca CCOO en un
comunicado.
COSTAS
Aunque el TSJCV permite el recurso en casación, la organización
recuerda de éste ya ha sido ganado por CCOO en la sentencia del Tribunal
Supremo de 21 de noviembre, que daba la razón a CCOO y condena en
costas a la Generalitat. Estas costas deberían, en opinión de la
Federació d'Ensenyament de CCOO PV, "ser asumidas por el expresidente
Camps y el exconseller Font de Mora como responsables políticos".
Finalmente, la entidad sindical celebra que con esta nueva
resolución, "el TSJCV desmonte la argucia de la Generalitat para amparar
un derecho inexistente".
Fuente: Europa Press.
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